Sanción por hostigamiento es baja | Noticias de Tijuana | El Imparcial
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Tijuana, B.C.- La difamación es una afectación a la moralidad, pero ya no existe en el código penal, destacó Hassan Martín Franco Ruiz, Presidente de la Federación Estatal de Barras, Colegios y Asociaciones de Abogados (Fedabo).
"Si alguien es difamado y le afecta en su honorabilidad o en su entorno debe de interponer una acción civil", recomendó.
Indicó que el código penal tiene tipificado como hostigamiento a los individuos que asedian por medio de redes sociales mintiendo de las acciones de una persona en particular con el fin de disminuir sus derechos y libertades.
"El difamar a una persona es una acción de daño moral y el hostigamiento es el que molesta a un sujeto de forma repetitiva con el fin de afectar en su integridad física o su moralidad utilizando los medios tecnológicos", aclaró.
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Franco Ruiz señaló que el tiempo de sanción por hostigamiento es muy bajo, va desde seis meses a un año en prisión, pero si la persona nunca ha tenido un antecedente no va ir a la cárcel lo máximo que pagaría es una multa.
Recalcó que se debe denunciar a las páginas que aseguran que una persona es culpable sin tener pruebas reales y que es un delito poco común, además de que es tardado de acreditar y la Fiscalía General del Estado tiene más problemas que atender.
"Actualmente tengo un caso de un ciudadano que públicamente lo vincularon en una red de corrupción a nivel estatal con interés de ser un candidato a un partido político lo cual ambas afirmaciones son falsas a través de un medio de difusión", finalizó.